Preguntas Fecuentes (FAQ)

Somos una empresa experta en Protección Contra Incendios con sede en Barcelona y más de 40 años de experiencia. Trabajamos en toda la provincia ofreciendo instalación y mantenimiento a comunidades, empresas y particulares.

Sí. Estamos inscritos en el RASIC (nº 080145331) y certificados con la ISO 9001:2015. Garantizamos el cumplimiento de toda la normativa vigente.

La normativa exige una revisión técnica anual obligatoria realizada por una empresa autorizada como la nuestra. Además, cada 5 años se debe realizar el retimbrado (prueba de presión).

Sí. Tenemos un servicio de alquiler de equipos y señalización para eventos temporales, ferias, rodajes o conciertos, para que cumplas la seguridad sin tener que comprar el material.

Ofrecemos un servicio integral: mantenimiento de BIEs, centrales de detección de incendios, ignifugaciones (protección pasiva), señalización y proyectos de ingeniería para legalizar instalaciones.

Sí. Disponemos de extintores específicos para fuegos provocados por baterías de litio (patinetes, coches eléctricos, etc.), una tecnología que requiere agentes extintores especiales.

Es gratuito y sin compromiso. Puedes llamarnos al 933 097 511 o contactarnos a través de nuestra web. Analizaremos tus necesidades para darte el precio más ajustado.

La vida útil máxima es de 20 años desde su fecha de fabricación. Sin embargo, para que dure ese tiempo, es obligatorio que pase las revisiones anuales y el retimbrado (prueba hidráulica) cada 5 años.

Sí. Una vez se rompe el precinto y se usa, el extintor pierde la presión necesaria. Debes llamarnos inmediatamente para que lo recojamos y procedamos a su recarga y nuevo precintado.

Te expones a sanciones económicas por parte de la administración. Además, en caso de incendio, tu compañía de seguros podría negarse a cubrir los daños si no presentas el certificado de mantenimiento vigente.

Por supuesto. Al finalizar cada mantenimiento, te entregamos el Acta de Mantenimiento oficial y las etiquetas correspondientes pegadas en cada equipo, tal y como exige el Reglamento (RIPCI).

Sí, son obligatorios en las zonas comunes (escaleras, cuartos de contadores, salas de calderas) en la mayoría de edificios, especialmente en aquellos construidos o rehabilitados después de 1996. También son obligatorios siempre en los garajes.

Sí. Aunque la normativa suele exigirlo en industrias o garajes, cada vez más particulares instalan detectores autónomos en sus casas para dormir tranquilos. Son económicos y salvan vidas.